L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; téngase como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MARIO ROBERTO FLORES ALBORNOZ, quien para el momento de su fallecimiento era venezolano, mayor de edad, casado, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.033.758, a los ciudadanos MAGDA ISABEL GOMEZ DE FLORES, MARIA ALEJANDRA FLORES GOMEZ, MARIO ROBERTO FLORES GOMEZ y MAURICIO ANTONIO FLORES GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. 12.778.281, 11.466.847, 13.098.428 y 15.0.....