JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintidós De Julio de dos mil nueve.-
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda formar expediente, darle entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA 92, c.a., representada por la ciudadana MARTHA LEONOR RIVERA DE RIOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 23.721.668, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por los abogados JOAQUIN RIOS RIVERA Y OLIVER ANTONIO PERRETTA ARAQUE, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.107.351 y 16.307.516, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 88.572 y 135.084, respectivamente, de este domicilio y hábil, CONTRA: la Ciudadana FANNY COROMOTO FAJARDO GARCIA, quien es venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédul.....