JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintiséis de Mayo de Dos Mil Diez.
200º y 151º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la ciudadana MARIA MARCOLINA MONSALVE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.991.686, de este domicilio y hábil, asistida por el abogado FRANKI SALVADOR MÁRQUEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro.105.742, y hábil, contra: CIRO ALBERTO RUIZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, Licenciado en Educación, titular de la cedula de identidad Nº 8.007.364, de este domicilio y hábil; por: DESALOJO, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden Público, a las buenas costumbres y además p.....