JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veintisiete de Enero de Dos Mil Diez.
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por el ciudadano JOSÉ GERARDO DÁVILA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, casado, trabajador universitario, titular de la cedula de identidad Nro. 10.108.624, de este domicilio y hábil, asistido por el abogado GUSTAVO ENRIQUE UZCATEGUI CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.492.963, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.147 y hábil, contra: YENNY MARGARITA ARAUJO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 10.103.994, de este domicilio y hábil; por DESALOJO, por cuanto la misma no es contrari.....