L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante ROBERTO RODOLFO FRANCIS LIZARRALDE SEMINARIO, quien era natural de Francia y nacionalizado en Venezuela, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 3.561.564, de ochenta y cuatro años de edad, de profesión Antropólogo, a los ciudadanos: ELIZABETH COYNE DE LIZARRALDE, IVAN LIZARRALDE COYNE, ANNE LIZARRALDE COYNE Y MANUEL LIZARRALDE COYNE, Cónyuge e hijos del causante, identificados plenamente. Se deja a sal.....