"...este Juzgado Segundo de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la TERCERÍA ejercida por la abogada en ejercicio Lisvany Josefina Durand Lucen, en su carácter de co-apoderada judicial de la ciudadana Helenne Elizabeth Villegas Bolaños. Así se decide..."