"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por la ciudadana Filomena Elizabeth Jaimes Hernandez, asistida por el abogado Mario Gustavo Barrios, contra el ciudadano Nassuby Abou Assaf, ya identificados, por cobro de bolívares por el procedimiento de Intimación, por ser contraria a una disposicion expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide..."