"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, le imparte su Homologación al DESISTIMIENTO realizado por la parte actora, ya identificada, en fecha 04 de febrero de 2010, por ante este Juzgado, en los mismos términos expuestos. En consecuencia, téngase la presente solicitud de Reconocimiento de contenido y firma, intentado por la ciudadana AIXA SUSANA ELJURI FEBRES, asistida de Abogado, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo se ordena hacer entrega del folio 2 (pagare), y en su lugar se deje copia debidamente certificada, objeto del presente procedimiento. En consecuencia, se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente..."