DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, intentada por la Empresa Administradora VIACSA, por medio de su representante ciudadana Evelis Alexandra del Valle Sanabria López, identificados en autos. Contra los Ciudadanos: ROQUE RAMIREZ HEBERTO JOSÉ y GÓMEZ GARCÍA ENRIQUE, ya identificados por COBRO DE BOLÍVARES POR FALTA DE PAGO DE CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, en consecuencia decreta:
PRIMERO: Se ordena a los Demandados pagar a la empresa demandante la suma de CUATROCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 460.000,00), que corresponden a NOVENTA Y DOS (92), días a razón de cinco mil bolívares (Bs.5.000,00) diarios, por concepto de la demora en la entrega del inmueble, establecida en la cláusula Décima octava del contrato desde el 01 de Di.....