"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTO MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los articulo 936 y 937, ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante MARIA VICTORIA HERNANDEZ DE CHACON, a los ciudadanos MARY CAROLINA CHACON HERNÁNDEZ, WILMER JOSÉ CHACON HERNÁNDEZ Y MARÍA MARYSELA CHACON HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nºs V- 13.500.049, V- 13.500.050 y V- 13.098.912 , respectivamente y civilmente hábiles. Se deja a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones establecida en las disposiciones legales mencionadas..."