"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTO MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los articulo 936 y 937, ejusden, DECLARAN: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante José Rafael Jonata Caldearon La Cruz a los ciudadanos María Josefina La Cruz de Calderón y Santiago Calderón Dugarte, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nºs V-4.493.572 y Nº V-3.498.716y civilmente hábiles. Se deja a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones establecida en las disposiciones legales mencionadas..."