En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos GLADYS MARIOTZI MORA DE VENDRAME y LEANDRO JOSÉ VENDRAME VELASCO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.221.174 y V- 10.899.699 respectivamente, domiciliados en la ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábiles. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO MATRIMONIAL que fuera celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Foráneo Gabriel Picón González, Municipio Autónomo Alberto Adriani del estado Mérida, en fecha diecisiete (17) de mayo de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), según consta en la Copia Certificada del Acta de Matrimonio, inserta bajo e.....