es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos RAFAEL GERARDO TROCONIS FARIA y YUSNEI MARÍA RAMOS GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.721.303 y V-14.530.316, respectivamente, domiciliados en el Municipio Libertador de esta Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio LUGDWIN GUSTAVO ECHEVERRIA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 13.967.139 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 105.002 y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que fuera celebrado ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Sagrario, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fech.....