En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los Ciudadanos: YANET CONSUELO QUINTERO DUARTE y LEONARDO ALBERTO DUGARTE RUIZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 4.627.244 y V- 1.579.696, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la Abogada en Ejercicio DAILI AMPARO CONTRERAS GARZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V ¿ 10.240.498 e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 82.642, domiciliada en Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO MATRIMONIAL que fuera celebrado a.....