En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana DORA ALICIA UZCÁTEGUI PRIETO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 4.484.450, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente representada por el Abogado en ejercicio LOMBERTO GERARDO ROJAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 3.992.431, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 17.745, domiciliado en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y jurídicamente hábil, contra la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, representada hoy día por su Rector, ciudadano MARIO BONUCCI ROSSINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 4.5.....