Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: Redeclara CON LUGAR LA ACCION DE DESLINDE intentada por los ciudadanos: ISAAC MORE, EMERITA DEL CARMEN MORE, CARLOS JULIO MORET, ALEJANDRO ALI MORETH, VICTORIA RAMÍREZ MORE Y DOMINGO RAMIREZ MORE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.708.365, V-2.279.344, V-3.427.861, V-9.206.305, V-6.696.421 y V-3.939.570, domiciliados en el Municipio Rivas Dávila, Estado Mérida, por intermedio de su apoderado; EULOGIO SANCHEZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.966, domiciliado en el Municipio Tovar, Estado Mérida, en contra del ciudadano: GABRIEL MORET LABRADOR, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-16.019.781, domici.....