PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO EN SU CONTENIDO FIRMA Y HUELLAS DIGITO PULGARES incoara la ciudadana YRAIDA VARELA GUILLEN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.803.626,
domiciliada en el Sector La Orilla, vía la Hacienda El Molino, calle principal de tierra, casa s/n, Parroquia Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ciudadano RICHARD ALEXANDER URANGA RIVERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-15.955.333, inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el Nº 112.373, domiciliado en Lagunilla Municipio Sucre del Estado Mérida y jurídicamente hábil, en contra de los ciudadanos JUSTINIANO VARELA GUILLEN Y MARIA HERMENEGILDA FLORES DE VARELA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros V-2.456.323 Y V-686.161.....