DISPOSITIVA
Este JUZGADO DEL MUNICIPIO SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSÉ GREGORIO ESCALONA RONDÓN, quien en vida era venezolano, mayor de edad, de ocupación Agricultor, de estado civil soltero, de veinticuatro años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.209.674, natural de la Parroquia Chiguarà, Municipio Sucre del Estado Mérida y domiciliado en la Aldea La Roncona, casa S/N, Parroquia Chiguarà, Municipio Sucre del Estado Mérida, fallecido en fecha veintitrés (23) de diciembre del dos mil diez (2010), según Acta de Defunción Nº 34, folio Nº 34 su vuelto, de fecha veintitrés de diciembre del año 2010, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Chiguarà, Municipio Su.....