PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Inserción de Partida de Nacimiento, interpuesta por el ciudadano: GERARDO RIVAS GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.953.399, domiciliado en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio MERCEDES COROMOTO HERNANDEZ ALBORNOZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-8.000.703, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91058, domiciliada en la Avenida Los Próceres, Paseo Los Pinos, casa N° 39-61 Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil.
SEGUNDO: En consecuencia, de conformidad con el artículo 506 del
Código Civil, se ordena a los Registros: CIVIL DE LA PARROQUIA LAGUNILLAS MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MÉRIDA Y REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MERIDA, Insertar en los libros correspondientes del estado civil la partida de nacimiento del ciudadano: GERARDO RIVAS GUILLÉN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de.....