PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS MARIA EUGENIA POLANCO CONTRERAS y UMBERTO VINICIO CUCCHIARELLI OCAÑA venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.268.566 y V-12.192.072, respectivamente, domiciliados en el Sector de la Puerta Alta, casa Nº 18, Residencias "Rupsol", de la Parroquia San
Juan del Municipio Sucre del Estado Mérida y civilmente hábiles, quienes contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña del Estado Mérida, en fecha 04 de Diciembre de 2009, tal y como se evidencia en Acta de Matrimonio Nº 58, folio Nº 116 y 117 inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, inserta al folio dos (2) tres (3) del expediente. El Tribunal nada establece en cuanto a bienes constituidos en la comunidad conyugal por cuanto los solicitantes mani.....