DECISION
Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIUDAD DE LA LEY, en uso de las facultades que le concede el Artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR El RECURSO DE INVALIDACION DE SENTENCIA, de conformidad con el artículo 328, ordinal 1º ejusdem, incoado por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO PEÑA MOLINA Y KEYLAM DEL VALLE TORRES DE PEÑA, a través de su apoderada judicial, abogado GLASBEL DEL CARMEN BELANDRIA PERNIA. En consecuencia se ordena: PRIMERO: Invalidar la Sentencia Ejecutoria en todo su contexto, emitida por el Juzgado Segundo de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción judicial del Estado Mérida, con sede en Tovar, el día 21 de marzo del año 2000, en la oportunidad de decidir la causa sometida a su conocimiento, según expediente mercantil número 267-99, en que la parte actora es el c.....