Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Sandro Javier Briceño, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.218.500 y la ciudadana Altuve Pérez Hemma Isabel, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.283.057, respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha veinte (20) de marzo del año Dos mil Cuatro (2.004), por ante el Registro Civil de la Parroquia Presidente Rómulo Gallegos del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, según Acta de Matrimonio Nº 09, f.....