este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, DECLARA: El secuestro del Galpón, ubicado en el Barrio La Inmaculada, avenida 12, signado con el No. 7-77, cumpliendo así por lo decretado por el tribunal comitente tomando en cuenta que el presente inmueble galpón no reúne las condiciones de vivienda habitacional según lo previsto en el presente decreto, en consecuencia, se acuerda hacer entrega del mismo a la depositaria judicial Lex S.A. representada en este acto por el ciudadano José Rafael Uzcategui, titular de la cédula de identidad No. V- 8.004.632 y se le insta a los notificados retiren los bienes muebles ubicados dentro del mismo galpón el inmueble objeto de de la presente medida conformen firman siendo las cinco y treinta minutos (5:30) pm, acordando regresar a su sede natural