En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley este Juzgado declara legalmente embargado ejecutivamente la cantidad de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL BOLÍVARES CON SESENTA CÉNTIMOS (25.583.993,60 Bs.); así mismo declaro la desposeción jurídica por lo previsto en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y por lo señalado en el artículo 40 Ejusdem se apertura cuenta de ahorro en esta misma entidad Financiera la cual quedó asignada bajo el N° 0108-0392600200137003 a nombre del ejecutante José Luis Vásquez titular de la cédula de identidad N° 6.853.929, la cual será movilizada con la firma conjunta del Juez y Secretario de este tribunal Ejecutor, con previa autorización del Tribunal Comitente o sea el Tribunal de Primera Instancia DEL TRANSITO DEL TRABAJO Y AGRARIO EL VIGIA quien ordenará este Juzgado remitir oficio al Banco para su retiro de .....