se encuentra una persona quien dijo llamarse Carlos Julio Perez Escalante la cual se identificó con el número de cédula V- 13.524.385, notificándole la razón de la constitución de este Juzgado en el presente lugar, concediéndole el termino de una (1) hora para que ejerza el derecho a la defensa y localice abogado de confianza, todo lo cual esta previsto en el articulo 49 ordinal primero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por el Articulo 15 del Código de Procedimiento Civil, pasado que fue el lapso concedido, se presento el abogado Belquis Carrillo, inscrito en el Inpreabogado No.65.134 , quien se le pone en conocimiento de contenido de la Medida de Embargo Ejecutivo. Acto seguido se nombra como perito evaluador a la Ciudadana Evaluador Shirsley Montes, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.790.944, como depositaria a la empresa Depositaria Judicial Lex S.A, representada por el ciudadano José Rafael Uzcategui, venezolano, .....