En este estado solicita el derecho de palabra el Ciudadano Carlos Reyes Amaya, titular de la cédula de identidad Nº V- 81.409.035, asistido por el abogado Vinicio Rojas, titular de las cédulas de identidad número V-8.006.082 e inscrito en el Inpreabogado bajo el números 28.174, concedido como fue expuso: por cuanto lo ofrecido por la parte demandada presenta la cancelación del monto decretado de diecisiete mil sesenta bolívares (17.060,oo), acepto lo ofrecido por la parte demandada y consigno copia simple de los dos cheques, no expuso más. Ambas partes solicitamos al tribunal de la causa la homologación del presente convenimiento y se le de carácter de cosa juzgada y se acuerde el respectivo archivo de la presente causa, no expuso más. Visto lo expresado por ambas partes y no habiendo mas actuaciones que practicar, este Juzgado acuerda regresar a su sede natural,