De conformidad a lo establecido en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara legalmente Secuestrado el inmueble anteriormente descrito por la Perito Avaluador. Designa como Secuestratario del inmueble al ciudadano: LUIS ENRIQUE DIAZ, quien encontrándose presente aceptó el cargo para el cual fue designado y prestó el juramento de Ley.