Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Homologación a la TRANSACCION celebrada entre las partes por diligencia , de fecha 14 marzo de 2014, ante el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción judicial del Estado Mérida, con Competencia Ordinaria, en los mismos términos y condiciones expuestas por las partes. En consecuencia, téngase el presente juicio de DESALOJO y COBRO DE BOLIVARES interpuesta por IRAIS DEL CARMEN CONTRERAS DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-674.636, y civilmente hábil, asistida por la abogada ROSA RINALDI CALI, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-8.022.314, inscrita .....