este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 599, Ordinal 7 del Código de procedimiento Civil, Declara Secuestrado un inmueble consistente en un Local Comercial, signado con el Nro. 16, ubicado en la planta alta del Centro Comercial Carabobo, situado en la prolongación de la Calle Carabobo, Jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Merida.