En este estado este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda, en virtud de que las partes llegaron a un convenimiento 1.) Abstenerse de practicar la medida en vista del pedimento hecha por la parte demandante. 2.) Remitir la comisión al tribunal de la causa a los fines legales pertinentes