PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos MARIANA CAROLINA ROJAS BECERRA Y LENSMY BECKHAM TARAZONA RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-31.149.445 y V-29.924.505, domiciliados en el estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, a favor del niño LUCIANO ANDREU TARAZONA ROJAS, de cuatro (04) años de edad, F.N.: 27/11/2021; con pasaporte venezolano número 197821428; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.