SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se da por reconocido en su contenido y firma el documento privado mediante el cual la ciudadana ALIX MARILE OROZCO GUTIERREZ representada por el ciudadano DARWIN WALDO OROZCO GUTIERREZ cede y traspasa en plena propiedad y posesión al ciudadano JULIO CESAR BUSTAMANTE UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-23.583.363 de este domicilio y hábil, un inmueble ubicado en la Urbanización Alexander Quintero, Sector Don Perucho, Parroquia Arias, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, constituido por una parcela de terreno y la casa que sobre el mismo está construido, el inmueble aquí descrito posee una superficie aproximada total de CIENTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTIMETROS (158.09 M2). El precio convenido de la venta fue por la cantidad de DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS EXACTOS ( $ 10.000,oo).
TERCERO: Se da por terminado el presente juicio, una vez se declare fi.....