´Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento inserta bajo el No. 17, de los libros de Registro Civil llevados por ante la Prefectura Civil del Municipio Guaraque, Distrito Rivas Dávila del estado Mérida, hoy Oficina de Registro Civil de la Parroquia Guaraque, Municipio Guaraque del estado Bolivariano de Mérida,de fecha Diecinueve (19) de Enero de Mil Novecientos Sesenta y Tres (1963),de la solicitante ciudadana CARMEN EDICTA ROSALES NOGUERA, plenamente identificado en autos, en cuanto al error al transcribir el primer nombre de su madre y la omisión del segundo nombre de su madre. En consecuencia, este Tribunal ordena que se rectifique la referida partida de nacimiento.....