HECHOS CONTROVERTIDOS:
Observa, este Tribunal que dados los términos contenidos en el libelo de la demanda, la contestación a la demanda, las pruebas ofrecidas por las partes y el contenido de la audiencia preliminar, (en la cual no se logró el objetivo de la misma) es evidente que existe controversia entre las partes en cuanto a las a la subrogación en la relación arrendaticia de parte de los hijos del arrendatario fallecido y la inepta acumulación de pretensiones, cuyos planteamiento fueron resueltos, según providencia de fecha 04-02-2026 (folios 68 al 70) y sus respectivos vueltos)cuyo con tenido se da por reproducido.
De la misma manera existe controversia en el alegato de la demandada, en el sentido que la misma tiene interés en comprar el local comercial dado en arrendamiento y la parte actora no está en la disposición de vender dicho inmueble.
En este mismo orden de ideas y habiéndose determinado los puntos en las cuales las partes están contestes; corresponde a este tribun.....