Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede civil, dicta sentencia en la presente incidencia, en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta el 21 de junio de 2024, por el abogado JOSÉ GREGORIO AMOEDO CARRERO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano JESÚS OCTAVIO MOLINA MÁRQUEZ, contra la sentencia interlocutoria de fecha 14 del citado mes y año, dictada por el JUZGADO CUARTO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por el apelante contra el ciudadano HILDEBRANDO DE JESÚS RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, por resolución de contrato de compraventa, mediante la cual dicho Tribunal declaró "IMPROCEDENTE" la oposición formulad.....