este Tribunal dictó sentencia en la presente causa en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta el 07 de julio de 2025, por la abogada CARMEN YURAIMA QUINTERO SALAS, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana ELVA JOSEFINA GUERRA EZPINOZA, contra la sentencia definitiva de fecha 30 de junio de 2025, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA en el juicio seguido por usted en contra del ciudadano FREDDY INOCENTES MONTOYA, por partición y liquidación de bienes de la comunidad conyugal, mediante la cual dicho Tribunal declaró SIN LUGAR la demanda de partición intentada; y finalmente, no condenó en costas procesales. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, se CONFIRMA la decisión apelada.TERCERO: De confor¬midad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, SE CONDENA a la apelante al pago de las costas de.....