PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos KATHERINE ALEJANDRA ALARCON AZUAJE y CARLOS LUIS PRIETO RODRIGUEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-13.804.061 y V-14.470.042, en su orden, domiciliados la primera en el estado Bolivariano de Mérida y el segundo en el estado Miranda, y civilmente hábiles, a favor de la adolescente NATHALIA SABRINA PRIETO ALARCON, de catorce (14) años de edad. F.N: 04/01/2012, titular de la cedula de identidad Nº V- 34.545.069, pasaporte venezolano Nº 186792403, Visa Americana Nº 20242075610001; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.