PRIMERO: Se declara al ciudadano JONATHAN ALEJANDRO PABÓN UZCÁTEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V.- 32.148.083, plenamente responsable y CULPABLE en la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO O MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 113 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y USO INDEBIDO DE PRENDAS MILITARES, tipificado en el artículo 214 del Código Penal, ambos en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se CONDENA al prenombrado ciudadano a cumplir la pena principal de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN por el primero de los delitos, y al pago de una multa fijada en MIL (1.000) UNIDADES TRIBUTARIAS por la comisión del segundo ilí