Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Miranda y Pueblo Llano de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la N° 1070 de fecha 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la solicitud incoada por la ciudadana: GABRIELA DEL CARMEN CASTELLANO DE RIVERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad Nº V-16.882.909, domiciliada en el Desarrollo Habitacional Chijos II, Etapa II, Torre 06, Apartamento 01-04, de ésta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, en contra del ciudadano ENRIQUE RIVERA LACRUZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de.....