REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, competente por el territorio y por atribuciones conferidas en el artículo 2º de la Resolución Nº 2.013-0006, de fecha veinte (20) de febrero de 2013, la cual delegó competencia a los Juzgados de Municipio Ordinarios para actuar como Ejecutores de Medidas, y llevar a cabo la práctica de la Ejecución Forzosa de la homologación del acto conciliatorio con carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de cosa Juzgada, en contra de la ciudadana MARIANDREINA FLORES GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 20.198.053, con domicilio en la Avenida Monseñor Duque, casa Mis Hijos, Nº 161 (frente al Polideportivo Ìtalo de Filippis) jurisdicción del Municipio Campo Elías Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en su carácter de parte.....