PRIMERO: En cuanto a los requisitos que deben cumplirse para impartir la homologación judicial al convenimiento manifestado tanto por la parte actora ciudadana YENNY SHARINA BUSTAMANTE PUCCINI debidamente asistida por la abogada MARVIS DEL CARMEN ALBORNOZ ZAMBRANO, asimismo por el ciudadano HILDEMARO ANTONIO TORRES GIL en su carácter de Coordinador General de la COOPERATIVA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS AL PUEBLO (CONSTRUSERPU), parte demandada, debidamente asistido por su apoderado judicial abogado en ejercicio ANTONIO J. MONSALVE M., este Tribunal observa que dicho auto de composición procesal fue realizado por ambas partes, y por ende goza de legitimación ad causam para la realización de dicho acto, por lo que es procedente en derecho homologar el convenimiento expresado por las partes y así será lo decidido; razón por la cual este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el CONVENIMIENTO efectuado tanto por l.....