Se dictó sentencia en la presente causa en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la recusación interpuesta mediante escrito presentado en fecha 13 de abril de 2026, por el abogado JUAN ALBERTO VIVAS MORALES, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LIUBA MARGARITA ALBERTI ZURITA, parte demandada en el juicio por partición de bienes contra el abogado CARLOS ARTURO CALDERON GONZALEZ, quien se desempeña como Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida; en el juicio seguido en contra del recusante por las ciudadanas ZENOVIA LARA TORO CASTILLO y LOBELIA TORO DE FEICHTER contenido en el expediente número 29.949 de la numeración propia de dicho Juzgado. SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone una multa por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000, oo), que deberá ser pagada por la ciudad.....