´Este Tribunal con el propósito de procurar la estabilidad en el juicio, procede a corregir dicha falta. En consecuencia, ANULA las actuaciones realizadas en los referidos cuadernos de medidas cautelares de conformidad con lo dispuesto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y ORDENA REPONER LA CAUSA SOLO EN LO QUE RESPECTA A LOS CUADERNOS SEPARADOS DE MEDIDAS NOMINADAS E INNOMINADAS al estado que se acumulen en un único cuaderno de sustanciación y correcta tramitación de las medidas cautelares requeridas en este proceso, con motivo al RECONOCIMIENTO DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO. Como consecuencia de lo expuesto en este dispositivo, se ORDENA LEVANTAR LAS MEDIDAS DECRETADAS por este Despacho, en el CUADERNO DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR en fechas: 11/AGOSTO/2025, 11/AGOSTO/2025, 13/AGOSTO/2025, 26/SEPTIEMBRE/2025; 02/OCTUMBRE/2025; 26/SEPTIEMBRE/2025 y 30/SEPTIEMBRE/2025, participadas con oficios números 317-2025; 318-2025; 324-2025, 343-2025 y corregido con ofici.....