este Juzgado dictó sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29 de octubre de 2025, por el ciudadano GONZALO ANTONIO SOTO CAMPOS, parte demandada debidamente asistido por el ciudadano EVER ROLANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, contra la sentencia defi¬nitiva de fecha 11 de agosto de 2025, proferida por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el presente juicio por reivindicación. SEGUNDO: NULA la referida sentencia por adolecer del vicio de inmotivación, de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° artículo 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: SIN LUGAR la defensa de fondo de la cosa juzgada, opuesta por el ciudadano GONZALO ANTONIO SOTO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.602.053, asistido por el abogado en ejercicio HÉCTOR DE LA CHIQUINQUIRÁ MEJÍA ALTUVE e i.....