En consecuencia, vista la manifestación de voluntad de la ciudadana YANETH DEL CARMEN DÁVILA MENDEZ, actuando como apoderada judicial del ciudadano RAYNOLD ETCHEGOYEN MICHEL, identificados en autos, de reconocer el contenido y la firma del documento privado, suscrito en fecha 18 de noviembre de 2025, y por cuanto se constata que se cumplieron con todos los procedimientos de ley en la presente solicitud signada con el Nº 4707, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 1364 del Código Civil venezolano