PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de enero de 2026 (f. 140), por la abogada ELOISA ANGULO FLORES, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada empresa mercantil GRUPO RENACER C.A., contra la decisión dictada en fecha 22 de enero de 2026 (fs. 127 al 139), por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, mediante la cual declaró con lugar la demanda, en el juicio por nulidad de adjudicación de la marca NEVA CRISTAL, interpuesto por la empresa mercantil PRODUCTORA NEVACRISTAL C.A, en contra de la recurrente. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, de fecha 22 de enero de 2026 (fs. 127 al 139). TERCERO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se declara SIN LUGAR la demanda por nulidad de adjudicaci.....