CAPÍTULO IV
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Demanda de Divorcio, en aplicacióna lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con el criterio con carácter vinculante de la Sentencia Vinculante Nº 1070 de fecha 09 de Diciembre del 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por la ciudadana Julia Maria Vasquez De Hernández, debiamente asistida por la abogada en ejercicio María Paola Dugarte Parra, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.997.796, inscrita en el Inpreabogado bajo elNº 232.091, con el carácter de Defensora Pública Auxiliar Primera, con competencia Civil, Mercantil y Tránsito de la U.....