Este Juzgado dictó sentencia interlocutoria con fuerza definitiva declarando: PRIMERO: consumada la perención, y en consecuencia extinguida la instancia en la presente solicitud, seguida por el ciudadano LUIGINO VENDRAME VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.081.738, domiciliado en la ciudad de El Vigía, estado Bolivariano de Mérida, por SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: se ordena la notificación de la parte solicitante ciudadano LUIGINO VENDRAME VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.081.738, domiciliado en la ciudad de El Vigía, estado Bolivariano de Mérida; haciéndosele saber de la presente decisión. Igualmente se le advierte que el lapso para interponer los recursos que sean procedentes contra la misma, comenz.....