este Juzgado Superior Primero Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR las inhibiciones formulada en fechas 02 de agosto de 2024, y 03 de octubre del mismo año, y, que obran agregadas al folio 411 y su vuelto, y al folio 415 respectivamente, los Jueces del Juzgado Superior Segundo y Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, abogados YOSANNY CRISTINA DÁVILA y LUIS FERNANDO JOSÉ MORY DUQUE OCHOA, en su orden, para seguir conociendo en alzada de la apelación a que se contrae el presente expediente.