En consecuencia, para su evacuación se ordena el nombramiento de un experto grafo técnico, para lo cual se fija elTERCERDIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE a que conste en autos la última de la notificación de las partes, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.). En cuanto a la prueba promovida como particular Tercero, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho por considerarla que es legal y pertinente salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto la prueba promovida como particular Cuarto, se DESESTIMA su promoción por cuanto la contestación de demanda corresponde a las actuaciones del proceso las cuales deben ser valoradas en la sentencia definitiva